El Tribunal Oral Federal número siete rechazó un planteo de “nulidad” de la acusación formulado por el ex presidente de la Cámara Argentina de la Construcción (CAC) Carlos Wagner en el marco de la denominada Causa Cuadernos.

El tribunal, que tiene asignada la  realización del juicio oral, sostuvo que esa instancia es “el ámbito natural donde la totalidad de la prueba debe ser rendida con pleno control y contradicción entre las partes, y con la respectiva publicidad para conocimiento de la sociedad”.

“La necesidad de diferir el tratamiento de planteos como el aquí incoado para el momento del juicio constituye un criterio invariable del Tribunal, que ha sido expuesto en situaciones análogas en la presente causa”, dijeron los jueces Enrique Méndez Signori, Germán Castelli y Fernando Canero.

La defensa de Wagner, a cargo de los abogados Zenón y Federico Ceballos,  planteó la “nulidad absoluta de los requerimientos de elevación a juicio tanto del representante del Ministerio Público Fiscal como de la Oficina Anticorrupción y la Unidad de Información Financiera, por adolecer de una relación clara, precisa y circunstanciada de los hechos, lo cual impide toda defensa material”.

Según la defensa, “no se individualizan ni precisan aspectos básicos como, por ejemplo, las obras que se consideran ‘cartelizadas’ y que estarían vinculadas a los siete pagos” que se le reprochan.

De acuerdo con el reclamo, en la acusación con la que Wagner llegará a juicio no se precisan “en qué lugar se habrían efectuado y cuál habría sido la cuantía de estos pagos, de qué manera se habrían coordinado las supuestas erogaciones, cuál habría sido el rol específico de Wagner en cada uno de estos presuntos pagos que lo erigen en supuesto coautor; cuál sería el origen de esos supuestos fondos ilegales y su destino final, cuál habría sido el acto funcional concreto ejecutado, retardado u omitido por parte de los funcionarios como contrapartida por esos supuestos pagos y, fundamentalmente, a qué obras adjudicadas se vinculan”.

Menos aún, en la imputación se incluyen “ obras que la Cámara  expresa y fundadamente excluyó”.

“Hasta el momento nunca se explicó ni demostró a qué obras están relacionados los siete pagos”, subrayó el escrito.

El Tribunal replicó que “la petición de la defensa resulta entonces improcedente, en tanto pretende obtener de manera anticipada una resolución sobre una cuestión probatoria y valorativa”.

Ello –añadieron los jueces- perjudicaría “los derechos de las restantes partes y de la sociedad toda de debatir, por regla, en un debate oral y público, la inocencia o culpabilidad de las personas imputadas, sobre todo cuando ese es el ámbito natural de discusión y que caracteriza a nuestro sistema procesal”.